El diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS) Jerges Mercado pidió al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) y Tribunal Supremo Electoral (TSE) pronunciarse sobre la participación de pueblos indígenas en las elecciones generales.
El legislador enfatizó que la Constitución está por encima de la Ley 1096 de Organizaciones Políticas que solo habilita a los pueblos indígenas de participar de las elecciones subnacionales.
“Exigimos al Tribunal Constitucional que se manifieste lo antes posible y que el Tribunal Electoral tome en cuenta y registre la sigla de la CIDOB. No puede una ley estar por encima de lo que reza la Constitución”, indicó Mercado.
Aseveró que el artículo 209 de la Constitución es clara al respecto e indicó que el artículo 5 de la Ley 1096 es “inconstitucional” y pretende ir por encima de la carta magna.
Constitución
El artículo 209 de la Constitución señala que las candidaturas “a los cargos públicos electos, con excepción de los cargos elegibles del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional serán postuladas y postulados a través de las organizaciones de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, las agrupaciones ciudadanas y los partidos políticos, en igualdad de condiciones y de acuerdo con la ley”.
Sin embargo, la Ley 1069, en su artículo 5, indica que “son organizaciones sociales que posibilitan la partición de las naciones y pueblos indígenas, en elecciones subnacionales”.
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Mercado indicó que esta norma está privando a la Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia (CIDOB) y a los pueblos indígenas del derecho constitucional. Afirmó que no existe Estado Plurinacional, sino es con los pueblos originarios.
“La supremacía de la Constitución está por encima de ese artículo. Debería dar curso el Tribunal Supremo Electoral y manifestarse el Tribunal Constitucional lo antes posible al respecto”, dijo.
Aseveró que lo que se pide es que el TCP no dilate esta solicitud y se manifieste al respecto.
El ministro de Justicia, César Siles, informó el martes que en trámite ante el TCP se encuentran tres acciones de inconstitucionalidad. Sin embargo, aclaró que, en el eventual caso de una sentencia constitucional, éstas no regirán para la presente elección.
Recurso
El diputado Miguel Roca presentó un recurso de inconstitucionalidad con el fin de anular un artículo de la Ley 1096 de Organizaciones Políticas para que las organizaciones indígenas participen en las elecciones presidenciales. Existe otro recurso similar presentada por otra organización indígena a través del TSE.
Siles afirmó el lunes que las organizaciones indígenas solo pueden participar en las elecciones subnacionales y que este tema está “zanjado” en la normativa vigente.
Al respecto, Mercado indicó que “no es lo que diga” el ministro o una persona tercera y quien manda es la Constitución.




















































































