La Sala Constitucional Segunda de La Paz resolvió este jueves negar la tutela sobre un amparo constitucional presentado por el excandidato René Yahuasi, con lo que quedó sin efecto su intento de revertir la decisión del Tribunal Supremo Electoral (TSE) y abrir la posibilidad de una segunda vuelta en la elección subnacional.
El tribunal conformado por los vocales José Saenz y René Delgado ratificó así la decisión del TSE de proclamar al candidato Luis Revilla como ganador de las elecciones subnacionales en La Paz.
“La Sala Constitucional resuelve denegar la tutela solicitada por René Yahuasi, al no haberse evidenciado vulneración de sus derechos a la participación política, al sufragio pasivo, al debido proceso y sus elementos de motivación ni la titula judicial”, leyó el vocal Delgado.
La Sala argumentó que el TSE no actuó de manera arbitraria en el proceso cuestionado y señaló que la inconformidad del accionante refleja únicamente un desacuerdo con la decisión adoptada, sin que se evidencie vulneración de derechos.
El fallo explicó que el TSE aplicó el artículo 64 de la Ley de Régimen Electoral y tenía respaldo legal para las resoluciones que admiten la declinatoria de NGP. Esa normativa establece que, si alguna de las fórmulas se retira de la segunda vuelta, el otro candidato será declarado gobernador.
“Esta sala concluye que el TSE no actuó de manera arbitraria”, acotó el vocal.
Asimismo, indicó que no se encontró falta de motivación, fundamentación, congruencia ni ausencia de valoración razonable que comprometa el debido proceso, por lo que determinó que no corresponde dar curso al amparo presentado.
El fallo observó también que el accionante Yahuasi participó en una contienda electoral regida por una ley que incluía la regulación de la segunda vuelta y no hubo una objeción oportuna a la misma.
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Con esta determinación judicial, se mantiene la validez del proceso electoral cuestionado por el accionante, quien había denunciado una supuesta actuación arbitraria del órgano electoral.
Durante su defensa, Yahuasi sostuvo que existió una discrepancia en la estructura del proceso y afirmó que el TSE habría actuado de manera irregular en la administración de los resultados.
Sin embargo, la Sala Constitucional concluyó que no correspondía dar lugar al recurso, cerrando así la vía constitucional planteada por el excandidato.
Vulneración
Al concluir la audiencia, la defensa de Yahuasi aseguró que la decisión judicial vulnera los derechos del excandidato y también de la ciudadanía que acudió a votar el pasado 22 de marzo. Consideró que se afectaron derechos constitucionales de la población.
Señaló además que los propios vocales habrían actuado como “jueces de su propio proceso” y anunció que el caso será llevado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Asimismo, la defensa del excandidato indicó que corresponde que la resolución sea remitida de oficio al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), debido a las presuntas vulneraciones identificadas en el proceso electoral.





















































































