El Proyecto de Ley 157, que plantea facilitar el acceso al crédito agrario mediante la conversión de la pequeña propiedad en mediana, preocupa a especialistas en tierras y desarrollo rural, quienes advierten que la norma podría derivar en un proceso de reconcentración de la tierra en favor de la banca y el agroempresariado.
“El proyecto está utilizando un subterfugio para vulnerar algo que establece la Constitución Política del Estado, porque la pequeña propiedad es inembargable”, afirmó Pablo Solón, de la Fundación Solón, en Piedra Papel y Tinta de La Razón. El especialista explicó que el cambio de denominación permitiría hipotecar tierras que hoy están protegidas como patrimonio familiar.
El debate surge luego de que el Senado aprobara el PL 157, que ahora retorna a la Cámara de Diputados para su sanción final. La iniciativa presenta la conversión de la pequeña propiedad como un mecanismo voluntario para que los productores rurales accedan a créditos bancarios, bajo el argumento de impulsar el desarrollo productivo. Sin embargo, los críticos sostienen que el costo de ese acceso sería la pérdida de garantías constitucionales.
Wilbert Villca, sociólogo y experto en resolución de conflictos de tierras, explicó que la conversión no implica un aumento real de la superficie, sino únicamente un cambio jurídico. “El pequeño productor, mediante una simple solicitud, renuncia a su derecho constitucional y expone su tierra al embargo”, señaló en el mismo espacio radial, advirtiendo que el principal beneficio será para la banca privada, que accederá a un amplio universo de nuevos clientes.
Proyecto 157
De acuerdo con los especialistas, el proyecto aprobado en el Senado eliminó requisitos que figuraban en la versión tratada por Diputados, como la verificación de la Función Económica Social o la demostración de crecimiento productivo. En la versión actual, bastaría una solicitud al Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA), que tendría un plazo de 10 días para autorizar la conversión.
Solón remarcó que este mecanismo contradice el artículo 394 de la Constitución, que declara inembargable la pequeña propiedad, y alertó que, ante eventuales incumplimientos de pago, los productores podrían perder sus tierras. “Los bancos no se quedarán con la tierra para producir; la venderán al mediano o al gran empresario, y ahí empieza la reconcentración”, afirmó.
Ambos analistas coincidieron en que el riesgo es mayor en regiones del oriente boliviano, donde la pequeña propiedad colinda con grandes extensiones empresariales, y cuestionaron que el Estado traslade a la banca una responsabilidad que debería asumir mediante políticas públicas de crédito productivo sin hipotecar la tierra.
En ese contexto, organizaciones campesinas comenzaron a expresar su rechazo, aunque los expertos advirtieron que la falta de información y socialización del proyecto limita una respuesta más amplia. A su juicio, el debate de fondo no es el acceso al crédito, sino la defensa de un modelo agrario que evite repetir experiencias de alta concentración de tierras como las registradas en países vecinos.




















































































