El procurador general del Estado, Ricardo Condori, aclaró este martes que no existe orden judicial para trasladar al gobernador electo de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho, a la capital cruceña para la audiencia judicial por el caso Decretazo.
“No hay una orden judicial”, afirmó Condori, al referirse a la audiencia de acción de libertad realizada el domingo pasado.
Martín Camacho, defensa del gobernador de Santa Cruz, informó el lunes que la Justicia ordenó el traslado de la autoridad desde la cárcel de Chonchocoro, en La Paz, hasta Santa Cruz.
Juicio oral
Camacho debe asistir de forma presencial a su audiencia de juicio oral por el caso Decretazo. El jurista explicó que la decisión responde a una sentencia constitucional que resolvió una acción de libertad.
Según el Procurador, en la audiencia se pretendió obligar a las autoridades competentes, como Régimen Penitenciario, a un traslado que no está ordenado judicialmente.
Condori precisó que el juez que atendió la acción de libertad “jamás ha ordenado” un traslado, lo cual, dijo, puede ser corroborado en las actas de la audiencia.
Aclaró que el juez únicamente “recomendó y exhortó a las autoridades administrativas realizar los trámites administrativos para poder viabilizar el traslado del señor Camacho a la Ciudad de Santa Cruz”. Sin embargo, señaló que también estableció que “si es existe algún impedimento, esa situación deben hacer conocer al tribunal de sentencia”.
“En ningún momento ha ordenado”, remarcó Condori.
Proceso
El Procurador destacó también otros dos factores relevantes en el proceso denominado Decretazo. En primer lugar, indicó que se tiene pendiente una apelación presentada por la Procuraduría, lo que impide la realización del juicio oral en Santa Cruz.
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“Un abogado procesalista conoce a perfección que no va a poder realizarse una audiencia de tal magnitud porque se encuentra pendiente una audiencia”, aclaró.
Asimismo, señaló que existe un amparo constitucional, en el que han ordenado al Tribunal Cuarto de Sentencia de la ciudad de Santa Cruz que “no obligue” a realizar una audiencia presencial y le recuerda que tiene otras vías para realizar la audiencia.
Audiencia virtual
“Muchos de los juicios, audiencias, se realiza pues de manera virtual, eso lo establece nuestro Código de Procedimiento Penal concordante con las modificaciones, y eso hace ver que una audiencia no necesariamente tendría que tener la presencialidad del imputado, encausado o víctima en su defecto”, explicó.
Insistió que el amparo le dice que tiene esas facultades y el tribunal de sentencia tiene las posibilidades de “hacerla de manera virtual”.
El proceso contra Camacho en Santa Cruz está relacionado con el Decreto Departamental 373, emitido en marzo de 2022, mediante el cual Camacho delegó sus funciones a Miguel Ángel Navarro, secretario de Gestión Institucional, y no en el vicegobernador Mario Aguilera, como lo establece la norma.
Por esa decisión, se lo investiga por presuntamente emitir resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes. El juicio debía comenzar a inicios de este año, pero fue postergado varias veces debido a la falta de traslado del acusado. El inicio del juicio está fijado para el 25 de julio.





















































































