El Tribunal Supremo Electoral (TSE) habilitó el procedimiento para la solicitud y otorgación de permisos de circulación, cuyo cumplimiento es obligatorio para personas naturales y jurídicas que requieran movilizarse el 17 de agosto, día de las elecciones generales.
De acuerdo con la normativa, este permiso de circulación es el único documento oficial que autoriza, de forma excepcional, la circulación de vehículos durante la jornada electoral, tal como establece el artículo 152 de la Ley del Régimen Electoral (Ley 026).
El trámite podrá realizarse entre el 7 al 13 de agosto mediante la plataforma ciudadana disponible en https://plataforma-ciudadana.oep.org.bo/, y en la página web institucional del OEP.
El TSE recordó que la circulación de vehículos durante la jornada electoral se encuentra restringida, salvo las excepciones previstas en la Ley. Por ello, los permisos se otorgarán únicamente previa justificación, que deberá presentarse en formato digital, junto con la fotocopia del RUAT del vehículo y la licencia de conducir vigente del solicitante.
Están exentos de portar este permiso, los notarios electorales, servidores públicos del Tribunal Supremo Electoral (TSE) y de los Tribunales Electorales Departamentales (TED), quienes deberán acreditar su función con la respectiva credencial.
También quedan exceptuados los vehículos oficiales de la Policía Boliviana, Bomberos, Fuerzas Armadas, ambulancias (públicas o privadas), vehículos de emergencia municipal y medios de comunicación, quienes deberán portar credencial vigente del medio.
El TSE podrá autorizar permisos de circulación a instituciones del Órgano Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional; organizaciones políticas con personería jurídica nacional; embajadas, organismos internacionales, misiones de observación electoral y otras instituciones de carácter nacional. Esta lista es referencial, ya que el TSE podrá analizar la pertinencia de otras solicitudes.
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En tanto, los Tribunales Electorales Departamentales están facultados para emitir permisos a instituciones públicas departamentales y municipales, organizaciones políticas de alcance subnacional, empresas privadas de seguridad, telecomunicaciones, hotelería, transporte, radiotaxis, funerarias, así como a personas naturales y organizaciones de la sociedad civil del ámbito departamental.
La evaluación de otras solicitudes queda a criterio del respectivo TED.
Las secretarías de Cámara del TSE y de los Tribunales Departamentales Electorales serán las responsables de recibir, verificar y aprobar las solicitudes a través de la plataforma ciudadana habilitada para este fin. Las solicitudes deben realizarse 10 días antes de la elección, y los permisos serán entregados entre tres y un día antes de la jornada electoral.
En cuanto a las organizaciones políticas, éstas deberán presentar las solicitudes únicamente a través de sus delegados acreditados o por su máxima autoridad registrada. No se admitirán trámites realizados por personas no autorizadas.
El reglamento también contempla condiciones especiales para solicitudes individuales, que podrán ser autorizadas solo por motivos de salud o viajes programados con vuelos internacionales, tanto para el solicitante como para personas dependientes de él o ella.
El sistema contará con medidas de seguridad que impidan su reproducción o uso indebido. Además, se recuerda que toda circulación vehicular no autorizada constituye una falta electoral, sancionada conforme al Reglamento de Faltas Electorales y Sanciones





















































































