El Gobierno aprobó el Decreto Supremo 5372, que autoriza la reprogramación o condonación de intereses de deudas con el Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) en caso de que presenten deterioro en su capacidad de pago.
En su artículo 1 de la norma dice: “Con el fin de apoyar a los prestatarios con deudas pendientes con el Fondo Nacional de Desarrollo Regional-FNDR; que presenten deterioro en su capacidad de pago, el presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Decreto Supremo 4693, de 6 de abril de 2022”.
El decreto modifica el parágrafo II del artículo 3 del Decreto Supremo 4693, de 6 de abril de 2022, y precisa que “los prestatarios beneficiados con la reprogramación y/o condonación del interés penal, deben haber contraído obligaciones con el FNDR; para financiar proyectos que se encuentren en ejecución, concluidos en su ejecución física, en proceso de resolución, en proceso de cierre, en mora o en mora en ejecución”.
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Antes de este ajuste, solo podían acceder a este beneficio quienes habían contraído obligaciones con el FNDR.
La reprogramación de los créditos del FNDR fue acordada por el Gobierno nacional y los municipios del país.
De acuerdo con la disposición transitoria única del decreto, el FNDR adecuará la reglamentación en un plazo de diez días hábiles
El FNDR tiene como objetivo contribuir al desarrollo local y regional del país mediante operaciones exclusivas de crédito a las Municipalidades; Mancomunidades Municipales y Prefecturas Departamentales. Además, fomenta el desarrollo del mercado privado de financiamiento con estas entidades y promueve un endeudamiento prudente; a través de Programas de Desarrollo Institucional en las Municipalidades, Mancomunidades Municipales y Prefecturas.




















































































