La justicia boliviana dictó una sentencia de tres años de prisión contra tres personas procesadas por el tráfico ilegal de la rana gigante del Titicaca (Telmatobius culeus). La especie está catalogada en peligro crítico de extinción. Este hecho marca un precedente histórico en la protección de la biodiversidad en Bolivia.
Como resultado del proceso penal, la autoridad jurisdiccional dictó sentencia condenatoria por el delito de tráfico ilegal de vida silvestre. El delito está previsto y sancionado por el Artículo 223 Bis del Código Penal.
Dos de las sentenciadas son Aida Huañapaco Cabrera y Jenny Huañapaco Cabrera. Ambas deben cumplir tres años de privación de libertad en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes.
Asimismo, Paulino Huañapaco Cahuaya quien cumplirá tres años de privación de libertad en el Centro Penitenciario de San Pedro, en la ciudad de La Paz.
El caso tuvo su origen en un operativo interinstitucional realizado en la comunidad de Huatajata. En él participaron la Dirección General de Biodiversidad y Áreas Protegidas (DGBAP), el Ministerio Público. la Policía Forestal y de Preservación del Medio Ambiente (Pofoma), el Gobierno Autónomo Departamental de La Paz. el Bioparque Vesty Pakos, la Iniciativa Boliviana de Anfibios (BAE) y el Instituto Público Desconcentrado de Pesca y Acuicultura (IPD-PACU).
ALLANAMIENTO
Durante el allanamiento efectuado en un establecimiento de expendio de alimentos se encontraron 26 ejemplares de rana gigante del Titicaca. De ese total, 25 estaban con vida y uno sin vida.
Además, se halló un ejemplar congelado cuya especie no pudo ser identificada debido a su estado de conservación. Los individuos rescatados fueron trasladados bajo protocolos especializados para su evaluación y custodia temporal, quedando toda la información técnica documentada en el informe elaborado por la DGBAP.
La rana gigante del Titicaca constituye una de las especies más emblemáticas del altiplano boliviano. Cumple un papel fundamental en el equilibrio ecológico del Lago Titicaca.
Sin embargo, sus poblaciones han sufrido una drástica disminución debido a diversas amenazas, entre ellas el comercio ilegal para consumo y supuestos fines medicinales.
En Bolivia, la especie está clasificada como «Peligro Crítico» en el Libro Rojo de la Fauna Silvestre de Vertebrados.
La Constitución Política del Estado, la Ley de Medio Ambiente, la normativa nacional sobre biodiversidad y el Artículo 223 Bis del Código Penal establecen la obligación de proteger la fauna silvestre y sancionar penalmente la captura, tenencia, transporte y comercialización ilegal de especies protegidas.
“Esta sentencia representa un hito en la aplicación de la legislación penal ambiental en Bolivia. Fortalecer la lucha contra los delitos que afectan a la biodiversidad y envía un mensaje claro de que el tráfico ilegal de especies silvestres constituye un atentado contra el patrimonio natural del Estado y será investigado y sancionado conforme a la ley”, señaló el Ministerio de Planificación mediante un boletín institucional.
DETERMINACIÓN
Añade que, con la determinación judicial, el Estado boliviano reafirma que «la biodiversidad es patrimonio natural de Bolivia. Su protección es una responsabilidad compartida y el tráfico ilegal de especies constituye un delito que será perseguido y sancionado conforme a la ley”.
La cartera de Estado enfatiza que continuará impulsando acciones de prevención, control, fiscalización y coordinación interinstitucional. El objetivo es combatir el tráfico ilegal de vida silvestre.
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Asimismo, la acción impulsa a seguir promoviendo la corresponsabilidad de la población en la conservación de las especies y los ecosistemas que sustentan la vida.




















































































