El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) recibió entre cinco y seis recursos vinculados al Estado de excepción decretado por el presidente Rodrigo Paz. Sin embargo, la mayoría fue rechazada por incumplir los requisitos de admisibilidad, informó este viernes la presidenta de esa instancia, Paola Prudencio.
El Estado de excepción fue declarado la madrugada del 20 de junio, mediante el Decreto Supremo 5636, tras 50 días de bloqueos y protestas sociales, con el objetivo de restablecer el libre tránsito y garantizar el abastecimiento de alimentos, combustibles y otros servicios esenciales.
Estado de Excpeción
La medida fue adoptada luego de un acuerdo de pacificación suscrito entre el Gobierno y la Central Obrera Boliviana (COB).
Prudencio explicó que la vigencia del Estado de excepción no suspende el funcionamiento del máximo órgano de control constitucional ni restringe el acceso de los ciudadanos a la justicia constitucional.
«El Estado de excepción, conforme prevé la Constitución Política del Estado, no restringe derechos fundamentales y uno de los derechos fundamentales de todo ciudadano boliviano es contar con un Tribunal Constitucional que ejerza esta labor de control constitucional (…). Nuestras labores no se han detenido en lo absoluto», afirmó en entrevista con RTP.
Recursos
La magistrada indicó que durante este periodo ingresaron varias acciones constitucionales relacionadas con la medida excepcional.
«Han presentado una serie de acciones de orden constitucional, acciones de inconstitucionalidad, se están tramitando conforme al procedimiento», señaló.
Respecto del estado procesal de esos recursos, precisó que la mayoría no superó la fase inicial de revisión.
«De las cinco o seis que recuerdo en este momento, entiendo que cuatro han sido rechazadas porque no se han cumplido los requisitos de admisibilidad y en dos o en tres creo se ha solicitado que se subsanen estos requisitos de admisibilidad», explicó.
Constitucionalidad
Prudencio aclaró que las demandas no cuestionan la constitucionalidad de la norma que regula el estado de excepción, sino disposiciones específicas de esa legislación.
«En realidad no se cuestiona la inconstitucionalidad de la norma que regula el estado de excepción; se acusa la inconstitucionalidad, si mal no recuerdo, de dos o de tres artículos de esta ley», sostuvo.
Las acciones que continúan en trámite deberán cumplir las observaciones formuladas por el TCP antes de que la Sala Plena determine si corresponde admitirlas para un análisis de fondo.
El presidente Rodrigo Paz decretó el 20 de junio el Estado de excepción como medida para poner fin a los bloqueos de carreteras que duraron 53 días y generaron fuertes daños a la economía y afectaron fuertemente a varias regios, principalmente las ciudades de La Paz y El Alto.





















































































